Artículo 1 de la LEY de Nacionalidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley explica cómo funcionan los artículos 30, 32 y 37 de la Constitución, que hablan de la nacionalidad mexicana (quién es mexicano por nacimiento o por naturalización). Sus reglas son obligatorias para todos en todo el país y no se pueden evitar. Quien se encarga de aplicarlas es el Presidente, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores (la dependencia del gobierno que maneja pasaportes, visas y asuntos con otros países).
Texto oficial
Artículo 1o.- La presente Ley es reglamentaria de los artículos 30, 32 y 37, apartados A y B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sus disposiciones son de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional. Su aplicación corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.