- Ley
- LEY de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Interés Público
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la LEY de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Interés Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley permite que una sociedad (como una empresa o negocio legalmente registrado) tenga más de 25 socios, sin un límite máximo. O sea, si quieres formar un negocio con muchos amigos o familiares, no hay tope de 25 personas. Solo aplica para sociedades, no para otros tipos de organizaciones. Esto es útil si tienes un proyecto grande donde quepan muchos inversionistas o integrantes.
Texto oficial
ARTICULO 7°.- La sociedad podrá tener más de veinticinco socios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.