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Artículo 19 de la LEY del Servicio de Administración Tributaria

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El SAT puede crear grupos de consulta y comités especializados para platicar directo con los contribuyentes y expertos que quieran participar en cómo funciona. Esos grupos tienen como meta principal ayudar a mejorar la forma en que se manejan los impuestos y las aduanas, y también a dar información clara para que la gente entienda mejor sus obligaciones fiscales. Así se busca que todos paguen sus impuestos de manera consciente y voluntaria.

Texto oficial

Artículo 19. El Servicio de Administración Tributaria podrá contar con instancias de consulta y comités especializados que le permitan mantener una vinculación efectiva y permanente con los contribuyentes y especialistas interesados en su operación y funcionamiento. Las instancias y comités que se constituyan tendrán como objetivo primordial coadyuvar en el mejoramiento de la administración tributaria y la aplicación de la legislación fiscal y aduanera, así como la difusión de la información y orientación necesarias que permita crear una auténtica conciencia tributaria entre la sociedad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.