- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1137
Artículo 1137 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que solo puedes adquirir o perder la propiedad de algo, o cancelar una deuda, por pasar el tiempo (eso es prescribir) si ese bien o deuda está permitido comprar, vender o intercambiar legalmente, o sea, que esté en el comercio. Por ejemplo, no puedes reclamar un bien que la ley prohíbe tener o vender, como ciertas drogas. La única excepción es cuando la misma ley dice que sí se puede, aunque no esté en el comercio. En pocas palabras, lo que no se puede comprar o vender no se puede ganar o perder solo con el paso del tiempo.
Texto oficial
Artículo 1137.- Sólo pueden prescribirse los bienes y obligaciones que están en el comercio, salvo las excepciones establecidas por la ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.