- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1176
Artículo 1176 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, para saber si ya pasó el tiempo para que pierdas un derecho (la prescripción), se cuentan años completos, no horas ni minutos. Por ejemplo, si la ley dice que son 5 años, empiezas a contar desde el día 1 del primer año hasta el mismo día del año 5. Solo se cuenta de manera diferente si otra ley lo dice explícitamente.
Texto oficial
Artículo 1176.- El tiempo para la prescripción se cuenta por años y no de momento a momento, excepto en los casos en que así lo determine la ley expresamente. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 125 de 370
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