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- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1185
Artículo 1185 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe para efectos prácticos. La ley lo eliminó por completo el 14 de enero de 1948, como si lo hubieran borrado del Código. Por eso, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es obligatorio ni aplica para nadie. En términos legales, un artículo derogado es como una ley que ya no está vigente.
Texto oficial
Artículo 1185.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1948
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.