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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1187
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1187

Artículo 1187 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. "Derogar" significa que la ley lo eliminó oficialmente desde el 14 de enero de 1948, así que no tienes que preocuparte por él. Como fue cancelado hace muchísimos años, no tiene ningún efecto legal hoy en día. En términos simples, es como si esa regla nunca hubiera estado vigente para ti.

Texto oficial

Artículo 1187.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1948

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 125) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.