Artículo 1214 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. La ley que lo contenía lo eliminó oficialmente el 14 de enero de 1948. Como está "derogado", ya no tienes que cumplirlo ni te afecta en nada. En pocas palabras, es como si nunca hubiera sido ley.
Texto oficial
Artículo 1214.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1948
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.