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Artículo 1214 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe. La ley que lo contenía lo eliminó oficialmente el 14 de enero de 1948. Como está "derogado", ya no tienes que cumplirlo ni te afecta en nada. En pocas palabras, es como si nunca hubiera sido ley.

Texto oficial

Artículo 1214.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1948

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 127) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.