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Artículo 1227 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 1227 ya no existe en la ley. Cuando se dice que está "derogado", significa que fue eliminado desde el 14 de enero de 1948, por lo que ya no tiene ningún efecto ni se aplica. En otras palabras, no debes preocuparte por este artículo porque ya no es válido para nada.

Texto oficial

Artículo 1227.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1948

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 127) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.