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Artículo 1252 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 1252 ya no existe. Está "derogado", que es una palabra legal para decir que fue eliminado o cancelado oficialmente desde el 14 de enero de 1948. Esto significa que ya no es parte de ninguna ley vigente, así que no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo. En pocas palabras, quedó en el olvido hace muchísimos años.

Texto oficial

Artículo 1252.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1948

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 129) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.