Artículo 1257 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 1257 ya no existe en la ley porque fue eliminado (derogado) desde el 14 de enero de 1948. Eso significa que no tienes que preocuparte por él, ya que no aplica para nada hoy en día. Cuando una ley se deroga, se borra del todo y ya no tiene ningún efecto legal. Así que este artículo es como si nunca hubiera estado vigente para los mexicanos actuales.
Texto oficial
Artículo 1257.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1948
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.