Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 1302 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando hagas un testamento, lo que escribas se debe interpretar exactamente como está dicho, palabra por palabra. La única excepción es si está súper claro que quisiste decir otra cosa, aunque no lo hayas escrito bien. Si hay duda sobre lo que quisiste decir, se va a interpretar de la manera que más se parezca a tu intención, viendo todo el testamento completo y cualquier prueba que puedan dar las personas interesadas, como tus familiares.

Texto oficial

Artículo 1302.- Toda disposición testamentaria deberá entenderse en el sentido literal de las palabras, a no ser que aparezca con manifiesta claridad que fue otra la voluntad del testador. En caso de duda sobre la inteligencia o interpretación de una disposición testamentaria, se observará lo que parezca más conforme a la intención del testador, según el tenor del testamento y la prueba auxiliar que a este respecto pueda rendirse por los interesados.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 132) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.