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Artículo 1304 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1304 dice que, al hacer un testamento, si una persona escribe una razón o causa que vaya contra lo que dice la ley (aunque sea cierta), esa razón no cuenta para nada. Es como si nunca la hubiera puesto en el testamento. Lo que vale es la voluntad de heredar, no el motivo que sea ilegal.

Texto oficial

Artículo 1304.- La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita. CAPITULO II De la Capacidad para Testar

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 132) ↗

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