Artículo 1304 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1304 dice que, al hacer un testamento, si una persona escribe una razón o causa que vaya contra lo que dice la ley (aunque sea cierta), esa razón no cuenta para nada. Es como si nunca la hubiera puesto en el testamento. Lo que vale es la voluntad de heredar, no el motivo que sea ilegal.
Texto oficial
Artículo 1304.- La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita. CAPITULO II De la Capacidad para Testar
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.