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Artículo 1306 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice quiénes NO pueden hacer un testamento. Los menores de 16 años, sean hombres o mujeres, no pueden heredar sus bienes por escrito. Tampoco pueden las personas que, de manera constante o de vez en cuando, no tienen sus facultades mentales completas; o sea, quienes no están en su sano juicio.

Texto oficial

Artículo 1306.- Están incapacitados para testar: CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 133 de 370 I. Los menores que no han cumplido dieciséis años de edad, ya sean hombres o mujeres; II. Los que habitual o accidentalmente no disfrutan de su cabal juicio.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 132) ↗

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