Artículo 1406 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te deja algo en su testamento (eso es un legado, y tú eres el legatario), tienes derecho a pedirle al heredero que te dé una garantía o seguro de que cumplirá con darte lo que te toca. Esa garantía puede pedirla igual que cualquier persona que tenga derecho a cobrarle algo al heredero.
Texto oficial
Artículo 1406.- El legatario puede exigir que el heredero otorgue fianza en todos los casos en que pueda exigirlo el acreedor. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 142 de 370
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