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Artículo 1602 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien muere sin dejar testamento, la ley elige quién puede heredar. Esta persona (la que muere) se llama "autor de la herencia". Los que tienen derecho a heredar son: sus hijos, nietos o bisnietos; su esposo o esposa; sus papás o abuelos; sus hermanos, tíos o sobrinos; y también su concubina o concubino, siempre y cuando hayan vivido juntos por al menos cinco años o tengan hijos en común y no estén casados con otra persona.

Texto oficial

Artículo 1602.- Tienen derecho a heredar por sucesión legítima: I. Los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y la concubina o el concubinario, si se satisfacen en este caso los requisitos señalados por el

Ver ley oficial en el DOF (pág. 158) ↗

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