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Artículo 1670 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando aceptas o rechazas una herencia, ya no puedes echarte para atrás. Es decir, si dices que sí o que no, esa decisión es definitiva. Solo podrías impugnarla (cuestionarla ante un juez) si te engañaron o te obligaron a hacerlo con amenazas o violencia.

Texto oficial

Artículo 1670.- La aceptación y la repudiación, una vez hechas, son irrevocables, y no pueden ser impugnadas sino en los casos de dolo o violencia.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 164) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.