Artículo 1670 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Cuando aceptas o rechazas una herencia, ya no puedes echarte para atrás. Es decir, si dices que sí o que no, esa decisión es definitiva. Solo podrías impugnarla (cuestionarla ante un juez) si te engañaron o te obligaron a hacerlo con amenazas o violencia.
Texto oficial
Artículo 1670.- La aceptación y la repudiación, una vez hechas, son irrevocables, y no pueden ser impugnadas sino en los casos de dolo o violencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.