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Artículo 182 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 182 dice que cualquier acuerdo o acción que hagan los esposos que vaya en contra de lo que dice la ley o del propósito principal del matrimonio no vale para nada, es decir, es como si no existiera. Por ejemplo, si se ponen de acuerdo para hacer algo ilegal o que no tenga que ver con formar una familia y apoyarse mutuamente, eso no tiene efecto legal. En pocas palabras, el matrimonio no puede usarse para hacer cosas prohibidas o que no tengan sentido dentro de la relación de pareja.

Texto oficial

Artículo 182.- Son nulos los actos que los esposos hicieren contra las leyes o los naturales fines del matrimonio. CAPITULO V De la Sociedad Conyugal

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.