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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1916%20Bis
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1916 Bis

Artículo 1916 Bis del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que si alguien te critica, da su opinión o te informa algo, pero lo hace dentro de lo que permite la Constitución (como hablar sin censura pero con límites, por ejemplo, no incitar a la violencia), no te puede demandar por daño moral. Si tú quieres demandar a alguien por ofenderte, tienes que probar que esa persona actuó de manera ilegal y que su conducta te causó un daño directo. Además, las críticas negativas en temas de arte, ciencia o trabajo, así como las opiniones que alguien da por cumplir con su deber o por ejercer un derecho, no se consideran ofensas al honor, siempre y cuando no se haya hecho con la intención de ofender.

Texto oficial

Artículo 1916 Bis.- No estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión e información, en los términos y con las limitaciones de los artículos 6o. y 7o. de la Constitución General de la República. En todo caso, quien demande la reparación del daño moral por responsabilidad contractual o extracontractual deberá acreditar plenamente la ilicitud de la conducta del demandado y el daño que directamente le hubiere causado tal conducta. En ningún caso se considerarán ofensas al honor las opiniones desfavorables de la crítica literaria, artística, histórica, científica o profesional. Tampoco se considerarán ofensivas las opiniones desfavorables realizadas en cumplimiento de un deber o ejerciendo un derecho cuando el modo de proceder o la falta de reserva no tenga un propósito ofensivo. Párrafo adicionado DOF 13-04-2007 CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 187 de 370 Artículo adicionado DOF 31-12-1982

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 186) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.