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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1941

Artículo 1941 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagina que haces un trato que depende de que pase algo, como "te vendo el coche cuando cumplas años". Cuando por fin pasa eso, el trato se vuelve válido desde el principio, como si siempre hubiera sido así. Pero si tú y la otra persona acordaron que empezara en otra fecha, o si la situación lo pide, se respeta esa fecha diferente.

Texto oficial

Artículo 1941.- Cumplida la condición se retrotrae al tiempo en que la obligación fue formada, a menos que los efectos de la obligación o resolución, por la voluntad de las partes o por la naturaleza del acto, deban ser referidas a fecha diferente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 189) ↗

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