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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1955
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1955

Artículo 1955 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagina que alguien te promete pagarte, pero no sabes si ese día va a llegar o no. En ese caso, la promesa es como una condición: si el día llega, se cumple; si no, no. Por lo tanto, esta obligación va a seguir las mismas reglas que las que aplican para las promesas condicionales. En pocas palabras, es una deuda que depende de que pase algo incierto.

Texto oficial

Artículo 1955.- Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la obligación será condicional y se regirá por las reglas que contiene el Capítulo que precede.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 190) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.