- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2002
Artículo 2002 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te debe dinero junto con otras personas y no te pagan, puedes demandar a cualquiera de ellos para que te pague el total de los daños, no solo su parte. Cada deudor solidario está obligado a cubrir la cantidad completa, así los demás no hayan pagado.
Texto oficial
Artículo 2002.- Cuando por el no cumplimiento de la obligación se demanden daños y perjuicios, cada uno de los deudores solidarios responderá íntegramente de ellos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.