- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2680
Artículo 2680 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres miembro de una asociación, puedes renunciar cuando quieras, pero debes avisar con dos meses de anticipación. Esto significa que, si ya no quieres seguir formando parte, tienes que notificar tu decisión al grupo antes de irte. Durante esos dos meses sigues siendo miembro, y luego te separas legalmente.
Texto oficial
Artículo 2680.- Los miembros de la asociación tendrán derecho de separarse de ella, previo aviso dado con dos meses de anticipación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.