- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2686
Artículo 2686 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una asociación (como un club o grupo) se disuelve, sus bienes se reparten según lo que digan sus reglas internas. Si las reglas no dicen nada, la asamblea de miembros decide cómo hacerlo, pero solo puede devolver a cada socio lo que haya aportado. El resto de los bienes debe ir a otra asociación o fundación que tenga un objetivo parecido al de la que se terminó.
Texto oficial
Artículo 2686.- En caso de disolución, los bienes de la asociación se aplicarán conforme a lo que determinen los estatutos y a falta de disposición de éstos, según lo que determine la asamblea general. En este caso la asamblea sólo podrá atribuir a los asociados la parte del activo social que equivalga a sus aportaciones. Los demás bienes se aplicarán a otra asociación o fundación de objeto similar a la extinguida.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.