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Artículo 3 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las leyes nuevas no te obligan a cumplirlas desde el mismo día en que salen en el periódico oficial. En realidad, empiezan a aplicarse tres días después de publicarse. Si vives fuera de la ciudad donde se publicó ese periódico, el tiempo de espera es más largo. Por cada 40 kilómetros de distancia que haya entre tu casa y el lugar de publicación, se suma un día extra al plazo de tres días, contando las fracciones mayores a 20 kilómetros.

Texto oficial

Artículo 3o.- Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en el Periódico Oficial. En los lugares distintos del en que se publique el Periódico Oficial, para que las leyes, reglamentos, etc., se reputen publicados y sean obligatorios, se necesita que además del plazo que fija el párrafo anterior, transcurra un día más por cada cuarenta kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.