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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/645
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
645

Artículo 645 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente desde enero de 1970. Al estar "derogado", significa que perdió su validez y ya no se aplica en ningún caso legal. El capítulo al que pertenecía hablaba sobre la mayoría de edad, pero hoy en día hay otras leyes que definen ese tema. En resumen, no te preocupes por este artículo, pues ya no tiene ningún efecto.

Texto oficial

Artículo 645.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 28-01-1970 CAPITULO II De la Mayor Edad

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 76) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.