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Artículo 840 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que no está bien usar tu propiedad solo para fastidiar a alguien más. Si haces algo con tu casa o terreno y lo único que logras es molestar a otra persona, sin que a ti te sirva de nada, eso no es legal. Por ejemplo, no puedes construir un muro gigante solo para taparle la vista a tu vecino si a ti no te beneficia en nada. La idea es que el dueño debe tener una razón útil para usar lo que es suyo, no nada más andar chingando a los demás.

Texto oficial

Artículo 840.- No es lícito ejercitar el derecho de propiedad de manera que su ejercicio no dé otro resultado que causar perjuicios a un tercero, sin utilidad para el propietario.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 95) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.