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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/1004
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1004

Artículo 1004 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe desde hace muchos años. "Derogado" significa que una ley o parte de ella se cancela oficialmente y deja de tener validez. En este caso, el Artículo 1004 fue eliminado el 20 de abril de 1943, así que ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 1004.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 96) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.