Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/1004
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1004
Artículo 1004 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe desde hace muchos años. "Derogado" significa que una ley o parte de ella se cancela oficialmente y deja de tener validez. En este caso, el Artículo 1004 fue eliminado el 20 de abril de 1943, así que ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 1004.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.