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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/1016
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1016

Artículo 1016 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. Cuando ves "derogado" significa que fue eliminado oficialmente, como si lo hubieran borrado. En este caso, se quitó desde el 20 de abril de 1943, así que ya no tienes que preocuparte por él. Es como si una regla antigua que ya no sirve se cancelara para siempre.

Texto oficial

Artículo 1016.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 97) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.