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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 131
Artículo 131 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. Fue eliminado el 4 de agosto de 1934, así que no tiene ningún efecto legal actualmente. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese texto ya no es válido y no debes preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 131.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.