- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1321
Artículo 1321 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las sentencias definitivas son las que resuelven el pleito principal, es decir, deciden de fondo sobre el asunto que se está juzgando. Las sentencias interlocutorias son las que resuelven un incidente o un problema que surge durante el juicio, sin ponerle fin al caso principal. En pocas palabras, las definitivas terminan el juicio, mientras que las interlocutorias solo resuelven asuntos que van saliendo en el camino.
Texto oficial
Artículo 1321.- Las sentencias son definitivas o interlocutorias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.