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Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1321

Artículo 1321 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las sentencias definitivas son las que resuelven el pleito principal, es decir, deciden de fondo sobre el asunto que se está juzgando. Las sentencias interlocutorias son las que resuelven un incidente o un problema que surge durante el juicio, sin ponerle fin al caso principal. En pocas palabras, las definitivas terminan el juicio, mientras que las interlocutorias solo resuelven asuntos que van saliendo en el camino.

Texto oficial

Artículo 1321.- Las sentencias son definitivas o interlocutorias.

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 154) ↗

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