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Artículo 141 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 141 fue eliminado de la ley desde el 4 de agosto de 1934, según el Diario Oficial de la Federación. Esto significa que ya no está vigente, no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él. En pocas palabras, ese artículo ya no existe para aplicarse en ningún caso.

Texto oficial

Artículo 141.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.