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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/143
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
143

Artículo 143 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 4 de agosto de 1934, como lo indica la nota "Se deroga". En términos prácticos, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Derogar significa que una ley o parte de ella se cancela oficialmente. Como ya no está vigente, no aplica para ningún caso actual. Es como si la página de un reglamento hubiera sido arrancada y ya no cuenta.

Texto oficial

Artículo 143.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.