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Artículo 156 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 156 fue eliminado de la ley el 4 de agosto de 1934, por lo que ya no está vigente. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, este artículo ya no existe para ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 156.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.