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Artículo 166 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 166 ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue cancelado o eliminado oficialmente desde el 4 de agosto de 1934. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal. Lo único que importa es que esa parte de la ley ya no se aplica hoy en día.

Texto oficial

Artículo 166.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.