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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/174
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
174

Artículo 174 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 174 que mencionas ya no existe. Fue eliminado oficialmente el 4 de agosto de 1934, por lo que actualmente no tiene validez ni aplicación. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo se borró y ya no cuenta para nada, como si nunca hubiera estado allí. No tienes que preocuparte por lo que decía ni seguirlo, porque ya no forma parte de la ley.

Texto oficial

Artículo 174.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.