Artículo 189 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 189 del Código de Comercio está derogado, lo que significa que ya no tiene ningún efecto legal. Esto ocurrió el 4 de agosto de 1934 y desde entonces no se aplica. En pocas palabras, ya no es una regla que tengas que seguir ni te afecta de ninguna manera. Como está eliminado, no importa lo que antes decía.
Texto oficial
Artículo 189.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934 CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 37 de 291
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.