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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/195
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
195

Artículo 195 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. Cuando ves la palabra "derogado", significa que quedó cancelado o eliminado oficialmente desde el 4 de agosto de 1934. O sea, ya no tienes que preocuparte por él porque no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 195.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 37) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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