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Artículo 198 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 198 fue eliminado de la ley el 4 de agosto de 1934, así que ya no existe ni tiene validez. Cuando una ley dice que un artículo está derogado, significa que ya no se aplica para nada, como si lo hubieran borrado por completo. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía este artículo porque ya no forma parte de las reglas actuales.

Texto oficial

Artículo 198.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.