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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/198
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
198

Artículo 198 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 198 fue eliminado de la ley el 4 de agosto de 1934, así que ya no existe ni tiene validez. Cuando una ley dice que un artículo está derogado, significa que ya no se aplica para nada, como si lo hubieran borrado por completo. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía este artículo porque ya no forma parte de las reglas actuales.

Texto oficial

Artículo 198.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 37) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.