- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 198
Artículo 198 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 198 fue eliminado de la ley el 4 de agosto de 1934, así que ya no existe ni tiene validez. Cuando una ley dice que un artículo está derogado, significa que ya no se aplica para nada, como si lo hubieran borrado por completo. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía este artículo porque ya no forma parte de las reglas actuales.
Texto oficial
Artículo 198.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.