Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/210
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 210
Artículo 210 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe porque fue eliminado de la ley el 4 de agosto de 1934. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal. Es como si nunca hubiera estado en el Código, así que no tienes que preocuparte por lo que decía. En pocas palabras, no aplica para nadie.
Texto oficial
Artículo 210.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.