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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/210
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
210

Artículo 210 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe porque fue eliminado de la ley el 4 de agosto de 1934. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal. Es como si nunca hubiera estado en el Código, así que no tienes que preocuparte por lo que decía. En pocas palabras, no aplica para nadie.

Texto oficial

Artículo 210.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.