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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/220
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
220

Artículo 220 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado (derogado) de la ley desde el 4 de agosto de 1934. Al estar derogado, no tienes que cumplir con nada de lo que decía antes, porque ya no existe legalmente. En pocas palabras, este artículo es letra muerta y no te afecta para nada.

Texto oficial

Artículo 220.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.