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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 251
Artículo 251 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley. "Derogado" significa que ya no está vigente, así que ya no tiene ningún efecto legal. Esta cancelación se publicó oficialmente el 30 de mayo de 1933. Por lo tanto, hoy en día no se aplica ni hay que tomarlo en cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 251.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 30-05-1933
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.