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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/255
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
255

Artículo 255 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe como ley, está derogado. Que esté derogado significa que quedó cancelado y ya no tiene ningún efecto legal desde el 30 de mayo de 1933, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 255.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 30-05-1933

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 40) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.