Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/260
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 260
Artículo 260 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Lo quitaron de la ley desde 1934, hace casi 90 años. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no es válido ni se puede aplicar. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe legalmente.
Texto oficial
Artículo 260.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.