- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 266
Artículo 266 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 266 fue eliminado de la ley desde el 4 de agosto de 1934, por lo que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. "Derogar" significa que se canceló o quitó completamente ese artículo del ordenamiento jurídico. Así que este artículo ya no aplica para nada ni nadie. Si buscas una regla actual, tienes que revisar otros artículos de la ley vigente.
Texto oficial
Artículo 266.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.