Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/268
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 268
Artículo 268 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve ni se usa, porque fue eliminado oficialmente desde el 4 de agosto de 1934. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que lo borraron del código y ya no tiene ningún efecto legal. Así que no hay nada que explicar ni aplicar de este artículo, porque simplemente ya no existe en la ley.
Texto oficial
Artículo 268.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.