- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 340
Artículo 340 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 340 fue eliminado de la ley el 27 de agosto de 1932, así que ya no existe ni se aplica. Cuando un artículo se deroga, significa que ya no tiene validez legal, como si lo hubieran borrado del libro de leyes. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía antes, porque ya no es obligatorio. En términos sencillos, esa regla ya no sirve para nada legalmente.
Texto oficial
Artículo 340.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.