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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 351
Artículo 351 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 351 ya no existe, fue eliminado de la ley el 27 de agosto de 1932. Al estar derogado, no tienes que cumplir con ninguna obligación ni preocuparte por una sanción legal relacionada con él. Simplemente, ignóralo como si nunca hubiera estado vigente.
Texto oficial
Artículo 351.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.