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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 353
Artículo 353 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada porque fue derogado, es decir, cancelado oficialmente desde el 27 de agosto de 1932. Básicamente, ya no existe como ley y no tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 353.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
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