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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 398
Artículo 398 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no está vigente: fue eliminado de la ley desde el 31 de agosto de 1935. Decir que un artículo está "derogado" significa que ya no existe ni se aplica en ningún caso. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con él ni te afecta de ninguna manera.
Texto oficial
Artículo 398.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
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