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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/398
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
398

Artículo 398 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente: fue eliminado de la ley desde el 31 de agosto de 1935. Decir que un artículo está "derogado" significa que ya no existe ni se aplica en ningún caso. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con él ni te afecta de ninguna manera.

Texto oficial

Artículo 398.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 54) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.